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Condiciones legales
Reglamento Operación Comercial « Intrusion Blue Power Tools Operation 2024 » Artículo 1 - Presentación de la Operación Comercial « Intrusion Blue Power Tools Operation 2024 »
El presente reglamento (en adelante, el Reglamento) define los términos y condiciones de la Operación Comercial «Intrusion Blue Power Tools Operation 2024 » propuesta por Bosch Service Solutions S.A.U – C. de los Hermanos García Noblejas, 19, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid, a sus instaladores (en adelante, la Operación).
El objetivo de la Operación es asegurar la promoción de los productos de intrusión de Bosch Security Systems (en adelante, los Productos) definidos en el artículo 5 del Reglamento a los instaladores (en adelante, los Instaladores), en cooperación con los distribuidores y la marca Bosch (en adelante, los Distribuidores).
Artículo 2 - Fechas y duración de la Operación
La Operación se llevará a cabo entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
Artículo 3 - Criterios de selección de la agencia de distribución
La Operación está dirigida a los Instaladores de los Productos a través de las agencias de los distribuidores de productos Bosch nombrados en la Operación.
Artículo 4 - Principios de la Operación
El Distribuidor deberá proponer los Productos a la venta a los Instaladores.
El conjunto de regalos será enviado directamente por Bosch Service Solutions S.A.U al Instalador, previa presentación de las guías de entrega en las que figuren las cantidades pedidas. Se recuerda que, de acuerdo con la normativa, el Distribuidor determina libremente sus condiciones de venta, en particular sus precios.
La Operación está exclusivamente reservada a los Instaladores que cumplan con los criterios definidos en el artículo 3 del Reglamento y que hayan pedido los Productos seleccionados en el marco de la Operación y durante el período mencionado (en el artículo 2 del Reglamento).
Artículo 5 - Productos incluidos en la Operación
*Los Productos incluidos en la Operación son los detectores de intrusión: ISC-BPR2-W12, ISC-BPR2-WP12, ISC-BPQ2-W12, ISC-PPR1-W16, ISC-BDL2-W12GE, ISC-BDL2-WP12GE, CDL2-15G, CDL2-A15G, DS778, DS-794Z, DS936, DS939, DS93970E, DS150i, DS151i, DS160, DS161i, ISN-SM50, ISN-SM80, ISN-SM90, ISC-SK10, DS1101I, DS-1102I, DS1103i, DS1109i
El Instalador deberá aportar la prueba de compra reuniendo las guías de entrega para beneficiarse del regalo (en adelante, la Dotación) correspondiente, según los siguientes criterios:
Para una cantidad de detectores comprados de 50 unidades: 1 Medidor láser de distancias
Para una cantidad de detectores comprados de 100 unidades: 1 Taladro con percusión a batería
El Instalador no podrá solicitar 2 Medidor láser de distancias (Dotación por la compra de 50 detectores) por la compra de 100 detectores.
Artículo 6 - Asignación de la Dotación
6.1 Condiciones generales de asignación de la Dotación
Si las circunstancias lo exigen, Bosch Service Solutions S.A.U se reserva la posibilidad de reemplazar la Dotación por un producto de la misma naturaleza y de función equivalente o superior, y de un valor igual o superior, sin que pueda formularse ninguna reclamación al respecto.
La Dotación no es transferible, ni convertible en efectivo, ni pagadera por cheque o transferencia bancaria.
6.2 Condiciones de asignación de la Dotación a los Instaladores
Los Instaladores podrán recibir la Dotación si piden un mínimo de Productos, tal como se define en el artículo 5 del Reglamento. El Instalador deberá obligatoriamente devolver las guías de entrega o facturas de compra por correo electrónico antes del 31 de enero de 2025 a alexandra.berberian@fr.bosch.com.
Artículo 7 - Aceptación del reglamento
La participación en la Operación implica la aceptación total y sin reservas del Reglamento y el arbitraje en última instancia de Bosch Service Solutions S.A.U para cualquier disputa relacionada con su validez, ejecución o interpretación.
Cualquier pregunta o comentario relacionado con el Reglamento debe dirigirse por escrito a C. de los Hermanos García Noblejas, 19, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid, Una copia del Reglamento podrá ser enviada por correo a cualquier persona que lo solicite por escrito. Las reclamaciones o quejas no serán atendidas después del 31 de enero de 2025.
Bosch Service Solutions S.A.U se reserva el derecho de acortar, renovar, modificar o cancelar la Operación si las circunstancias excepcionales o fuera de su control lo exigen y/o para asegurar la seguridad, la equidad, la integridad o el buen desarrollo de la Operación. Su responsabilidad no podrá ser comprometida por este hecho. En cualquier caso, los puntos adquiridos seguirán siendo válidos y convertibles en dotaciones dentro de los límites de las fechas mencionadas en el artículo 2. Bosch Service Solutions S.A.U se reserva el derecho de modificar los lotes en función de su disponibilidad.
Artículo 8 - Protección de datos
Toda la información personal recogida en el marco de la Operación será tratada conforme a la ley «Informática y Libertades»
del 6 de enero de 1978, modificada por la ley n°2018-493 del 20 de junio de 2018. Los Distribuidores tienen derecho de acceso, eliminación, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición de los datos que les conciernen y derecho a dar instrucciones sobre el destino de sus datos post mortem (destinados a la gestión de la Operación y a la actualización del expediente de clientes), ante el responsable del tratamiento: Sociedad C. de los Hermanos García Noblejas, 19, San Blas- Canillejas, 28037 Madrid,Bosch Service Solutions S.A.U, S.A., Av. Infante D. Henrique, Lotes 2E-3E, 1800-220 Lisboa
Registro Mercantil de Madrid; Tomo:14.603 Libro:0 Folio:33 Sección:8 Hoja: M-241916